Consejero de Estado se declara impedido en proceso contra Sociedad de Activos Especiales
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 14:9:12
Antecedentes y fundamento del impedimento
Un consejero de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado manifestó su impedimento para participar en un proceso de reparación directa contra la Sociedad de Activos Especiales y otros. El impedimento se fundamentó en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece que un juez debe declararse impedido cuando su cónyuge, compañero permanente o parientes hasta cierto grado tengan interés directo o indirecto en el proceso.
En este caso, el consejero explicó que un familiar cercano trabajó en la Dirección Nacional de Estupefacientes, entidad que administró bienes objeto del litigio durante un periodo previo a la transferencia de dichas funciones a la Sociedad de Activos Especiales. Aunque no se constató participación directa del familiar en los hechos del proceso, la vinculación con la entidad que manejó los bienes genera un posible interés moral en el asunto.
Implicaciones jurídicas de la causal de impedimento
La jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional reconocen que el interés moral puede ser una causal válida para declarar impedimento, puesto que afecta la garantía de imparcialidad que debe regir en los procesos judiciales. Este tipo de interés abarca circunstancias que, sin encajar exactamente en las causales legales específicas, podrían poner en duda la objetividad del juez.
Por ello, la Sala declaró fundado el impedimento presentado y separó al consejero del conocimiento del proceso. Esto garantiza la transparencia y la confianza en la administración de justicia.
Próximos pasos en el proceso
Una vez ejecutoriada la providencia, el expediente será remitido para continuar su trámite...
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