Consejera de Estado declara infundado su impedimento en proceso de pérdida de investidura de concejales
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2025 14:13:3
Antecedentes del caso
Un proceso judicial iniciado por una ciudadana solicitó la pérdida de investidura de varios concejales del municipio de Lloró, basándose en presuntas violaciones al régimen de conflicto de intereses. El Tribunal Administrativo del Chocó, en primera instancia, decretó la desinvestidura de cinco concejales, mientras negó la de uno de ellos. Contra esta decisión, los concejales afectados presentaron recurso de apelación que fue remitido al Consejo de Estado para su estudio.
Durante el trámite, una consejera de Estado manifestó impedimento para intervenir en la decisión del recurso, alegando que la apoderada judicial de los demandados había participado en su elección como magistrada de la corporación, lo cual podría afectar su imparcialidad por el vínculo indirecto con el proceso.
Fundamentos jurídicos y análisis
La Sala recordó que los impedimentos y recusaciones buscan garantizar la independencia e imparcialidad judicial. En particular, la causal de impedimento invocada corresponde al numeral primero del artículo 141 del Código General del Proceso, que se aplica cuando el juez, su cónyuge o familiares hasta cierto grado tengan un interés directo o indirecto en el proceso.
La corporación explicó que esta causal requiere que el interés sea particular, cierto y actual, y que comprometa la imparcialidad del juez. Sin embargo, destacó que el artículo 126 de la Constitución Política no adiciona causales para apartarse de un asunto, sino que establece prohibiciones en el ejercicio de la potestad nominadora, que no aplican al presente caso.
Además, se consideraron antecedentes recientes en los que el Consejo de Estado ha declarado infundados impedimentos similares, cuando no se demuestra que la vinculación entre el juez y...
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