Consejo de Estado confirma sanción por desacato contra alcalde de Barrancabermeja
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 1:57:10
El Consejo de Estado examinó el incidente de desacato impuesto a la alcaldía del Distrito de Barrancabermeja por no cumplir con las sentencias que ordenaban la reubicación definitiva de las familias que habitan en la ronda hídrica de la ciénaga Miramar. La acción popular fue instaurada por la Defensoría del Pueblo, que denunció la vulneración de derechos colectivos al ambiente sano, equilibrio ecológico, salubridad pública y seguridad, debido a la falta de alcantarillado en el barrio Pueblo Nuevo.
Órdenes judiciales incumplidas
Las sentencias, proferidas en 2020 y 2021, ordenaron al Distrito adelantar gestiones administrativas, presupuestales y financieras para la reubicación de las familias afectadas en un plazo máximo de 18 meses, realizar un censo detallado de las viviendas en la zona, instalar y mantener pozos sépticos mientras se completaba la reubicación, y ejercer control urbano para evitar nuevos asentamientos en la ronda hídrica. Además, se ordenó coordinar con la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) un estudio sobre las afectaciones ambientales y formular un programa de recuperación del ecosistema acuífero.
Incumplimientos y responsabilidades
El tribunal constató que, a la fecha de la providencia, no se habían cumplido las órdenes de reubicación ni las gestiones administrativas relacionadas. La alcaldía condicionó el avance a la delimitación de la ronda hídrica por parte de la autoridad ambiental, aunque esta información fue entregada posteriormente, lo que podría haber permitido iniciar los procesos requeridos. Asimismo, no se implementaron los pozos sépticos ni se adoptaron mecanismos para evitar que personas no habitaban en la zona recibieran subsidios.
La Sala enfatizó que no existe justificación legal o fáctica para la demora de más de tres años en el cumplimiento, calificando la conducta como renuente y negligente. Por el contrario, la empresa de servicios públicos y otras entidades vinculadas sí cumplieron con algunas órdenes, por lo que no se les impuso sanción.
Finalidad de la sanción y alcance
La sanción por desacato, consistente en una multa conmutable en arresto, tiene como finalidad persuasiva lograr el cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales y la protección de los derechos colectivos. El Consejo de Estado reiteró que esta sanción es personal y responde a la responsabilidad subjetiva del funcionario encargado del cumplimiento.
En consecuencia, se confirmó la multa impuesta a la alcaldía del Distrito de Barrancabermeja por incumplimiento en la ejecución de las sentencias relacionadas con la protección ambiental y la reubicación de las familias afectadas. Esta providencia busca garantizar la efectividad de las decisiones judiciales y restaurar los derechos vulnerados en la comunidad de Pueblo Nuevo, promoviendo un entorno más seguro y saludable para sus habitantes.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.