Tribunal Superior de Bogotá declara improcedente acción de tutela contra Juzgado de Ejecución de Penas
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 11:54:0
Providencia de primera instancia y competencia del tribunal
El Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, mediante sentencia de tutela de primera instancia, resolvió la acción constitucional radicada bajo el número 11001 22 04 000 2025 0109 1 00, promovida contra el Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y el Centro de Servicios Administrativos correspondiente. La acción fue instaurada por un ciudadano a través de apoderado, quien alegaba la vulneración de su derecho fundamental de petición debido a la presunta omisión en la respuesta a una solicitud presentada ante la autoridad judicial. El tribunal declaró su competencia conforme al artículo 86 de la Constitución y el Decreto 333 de 2021, que atribuyen a esta corporación conocer en primera instancia de acciones de tutela dirigidas contra jueces de ejecución de penas en Bogotá.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, mediante apoderado, remitió una petición el 28 de febrero de 2025 al Juzgado 20 de Ejecución de Penas y al Centro de Servicios Administrativos, solicitando la extinción de la pena por prescripción, la cancelación de las órdenes de captura y el ocultamiento del proceso judicial correspondiente. Ante la falta de respuesta, se interpuso la acción de tutela con el fin de obtener pronunciamiento de fondo sobre la solicitud. Durante el trámite, la Sala avocó conocimiento y dio traslado a las entidades demandadas para ejercer su derecho de defensa. El Juzgado 20 de Ejecución de Penas informó que mediante auto interlocutorio del 20 de marzo de 2025 resolvió favorablemente la petición, decretando la prescripción de la pena de prisión impuesta originalmente en una...Más noticias sobre Derecho Penal
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