Tribunal Superior de Bogotá niega tutela por hecho superado en caso de debido proceso penal
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 11:54:53
Providencia judicial en primera instancia sobre tutela por debido proceso
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., en primera instancia, resolvió una acción de tutela presentada contra el Juzgado 45 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá. La acción fue promovida por un ciudadano privado de la libertad, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso debido a la demora en la remisión del proceso penal a los juzgados de ejecución de penas de la localidad donde se encuentra recluido. La providencia judicial, proferida por el magistrado ponente, negó el amparo solicitado por considerar que el hecho que motivó la tutela fue superado.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante fue condenado a una pena privativa de la libertad de 84 meses por el Juzgado 45 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, decisión confirmada en segunda instancia. Sin embargo, permaneció privado de la libertad en un establecimiento penitenciario sin que el proceso penal hubiera sido remitido oportunamente a los juzgados de ejecución de penas correspondientes en la localidad de reclusión. Esta situación le impedía iniciar el tratamiento penitenciario y acceder a beneficios como la redención de pena por trabajo y estudio. La acción de tutela fue inicialmente remitida por competencia desde la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia al Tribunal Superior de Bogotá, que asumió su trámite. Durante el proceso, el Juzgado 3° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Guaduas informó que había avocado conocimiento del proceso penal en cuestión y solicitó desvincularse de la...Más noticias sobre Derecho Penal
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