Tribunal Superior de Bogotá niega tutela por presunta vulneración al derecho de debido proceso en Juzgados de Ejecución de Penas
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:1:19
Contexto y tribunal competente
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá conoció y resolvió en primera instancia una acción de tutela promovida contra los Juzgados 9° y 17° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, junto con el Centro de Servicios Administrativos de dichos despachos. Esta competencia está establecida en el artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, que otorga a esta Sala la facultad de conocer tutelas en calidad de superior funcional de estos juzgados.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante presentó una solicitud el 19 de mayo de 2025 dirigida a los Juzgados 9° y 17° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para que se remitiera una comunicación a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol. El objetivo era que se actualizaran sus antecedentes penales y se eliminaran sus datos de la página de la Rama Judicial. Fundamentó su petición en la dificultad para acceder a un empleo debido a las anotaciones públicas existentes. Ante la falta de respuesta favorable, interpuso acción de tutela amparando el derecho de petición y alegando vulneración al derecho fundamental al debido proceso. En respuesta, el Juzgado 17° informó haber recibido la solicitud el 14 de mayo de 2025 a través de correo electrónico y emitió un auto ordenando el ocultamiento de la información y la expedición de un certificado de paz y salvo. Por su parte, el Juzgado 9° negó haber recibido la solicitud, aunque reconoció que el 26 de mayo dispuso el ocultamiento de la actuación y emitió las comunicaciones pertinentes. El...Más noticias sobre Derecho Penal
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