Tribunal Superior de Bogotá niega tutela por actuación temeraria en ejecución de penas
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:3:49
Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto proferido por la Sala Mixta de Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en primera instancia y en ejercicio de su competencia funcional sobre el Juzgado 1° Penal del Circuito para Adolescentes de Bogotá. Esta Sala es competente para resolver las acciones de tutela que estén relacionadas con el despacho judicial mencionado, conforme al Decreto 1069 de 2015 modificado por el Decreto 333 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a raíz de una acción de tutela promovida contra el Juzgado 1° Penal del Circuito para Adolescentes y la Cárcel y Penitenciaría de Media Seguridad de Bogotá - La Modelo. El accionante solicitaba el reconocimiento y cómputo de redenciones pendientes en su ejecución de pena, argumentando que dichos cómputos eran necesarios para cumplir con la totalidad de su condena. Previamente, el Juzgado 1° Penal del Circuito para Adolescentes ya había amparado los derechos fundamentales del solicitante en una acción de tutela fechada el 16 de noviembre de 2022, ordenando la entrega de los certificados de cómputo al Juzgado 24 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Posteriormente, se tramitó un incidente de desacato que fue cerrado tras verificar el cumplimiento de la orden judicial. El Juzgado 24 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad informó que no reposaban certificados pendientes de reconocimiento respecto a la ejecución de la pena, solicitando negar las pretensiones de la tutela actual. A su vez, el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano La Picota y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) fueron vinculados...Más noticias sobre Derecho Penal
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