Tribunal Superior de Bogotá declara carencia de objeto en tutela por remisión de proceso penal
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:6:2
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Decisión de Tutela, emitió una providencia judicial mediante la cual resolvió una acción de tutela presentada contra el Juzgado Catorce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La acción fue interpuesta por un ciudadano privado de la libertad, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, argumentando que el mencionado juzgado no había remitido el proceso penal en su contra a los órganos jurisdiccionales correspondientes en Neiva, departamento del Huila.
El tribunal declaró su competencia para conocer el asunto conforme a lo establecido en el Decreto 1069 de 2015 y sus modificaciones posteriores, en el marco de la acción de tutela regulada por el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, privado de la libertad en la cárcel de Rivera (Huila), interpuso la tutela aduciendo que el proceso penal seguido en su contra no había sido remitido por el Juzgado Catorce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá a sus homólogos en Neiva, lo que a su juicio configuraba una vulneración al derecho al debido proceso.
El Centro de Servicios Administrativos de Ejecución de Penas en Neiva confirmó que no había recibido dicho proceso. Sin embargo, el Juzgado Catorce presentó un informe en el cual manifestó que, a través de su área de correspondencia, se envió el expediente el 26 de mayo de 2025 a los juzgados competentes en Neiva. No se presentaron otras intervenciones durante el trámite.
Consideraciones jurídicas y decisión
El tribunal recordó...
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