Tribunal Superior de Bogotá niega tutela por permiso administrativo en proceso penal
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:11:6
Providencia de tutela en primera instancia
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en ejercicio de su competencia y mediante auto judicial, resolvió una demanda de tutela presentada contra el Juzgado 30 de Penas de Bogotá. La acción pretendía proteger los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, alegando la demora en la decisión sobre la concesión de un permiso administrativo de hasta 72 horas.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, recluido en un establecimiento penitenciario de Bogotá, solicitó un permiso administrativo de 72 horas. Según su relato, desde el 19 de mayo de 2025, la documentación pertinente fue remitida al Juzgado 30 de Penas para su estudio, pero no había obtenido respuesta. Ante esta situación, interpuso la tutela para que se garantizara la protección de sus derechos constitucionales y se ordenara al juzgado pronunciarse sobre el beneficio solicitado. El proceso de tutela inició el 26 de mayo de 2025 con la admisión de la demanda y su traslado al juzgado demandado, además de vincularse al Centro de Servicios de Penas de Bogotá como tercero interesado.Respuesta del juzgado y actuación del Centro de Servicios
El Juzgado 30 de Penas respondió que mediante auto interlocutorio fechado el 27 de mayo de 2025 se aprobó el permiso administrativo solicitado. Por su parte, el Centro de Servicios de Penas no presentó respuesta dentro del proceso.Consideraciones y decisión del tribunal
La Sala de Decisión Penal analizó los argumentos y la documentación allegada, constatando que el juzgado demandado ya había otorgado el permiso administrativo antes de la decisión de tutela....Más noticias sobre Derecho Penal
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