Tribunal Superior de Bogotá declara improcedente tutela presentada por entidad financiera contra decisiones judiciales sobre pago de incapacidades
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:12:7
Contexto y tribunal responsable
El pronunciamiento corresponde a una sentencia emitida el 9 de junio de 2025 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Decisión Penal, en segunda instancia dentro del trámite de una acción de tutela. La entidad accionante fue una administradora de fondos de pensiones y cesantías, que cuestionó decisiones de juzgados penales municipales y de circuito de Bogotá relacionadas con el pago de incapacidades laborales.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue presentada por un ciudadano contra una entidad promotora de salud y la mencionada administradora de fondos, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales a la salud, vida digna y seguridad social debido a la falta de pago de incapacidades generadas desde finales de diciembre de 2024. El Juzgado Penal Municipal admitió la tutela y, tras valorar las pruebas y argumentos, decidió amparar los derechos fundamentales del ciudadano, ordenando a la EPS y a la entidad financiera que adelantaran los trámites necesarios para el pago de las incapacidades causadas en el periodo indicado. Contra esta decisión, la entidad financiera interpuso recurso de impugnación, el cual fue confirmado por el Juzgado Penal del Circuito. Posteriormente, la entidad financiera promovió la acción de tutela ante el Tribunal Superior, alegando vulneración del debido proceso y otros derechos fundamentales, y solicitando la improcedencia del pago de incapacidades ordenado. Durante el trámite, las demás partes vinculadas, incluyendo la entidad promotora de salud, una IPS y el Ministerio de Salud y Protección Social, solicitaron su desvinculación del proceso señalando que la orden judicial era procedente y que la acción de tutela no...Más noticias sobre Derecho Penal
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