Tribunal Superior de Bogotá tutela el derecho de petición en proceso de ejecución de penas
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:22:24
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, profirió una sentencia que resuelve una acción de tutela interpuesta en contra del Juzgado 07 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La tutela, mecanismo constitucional que busca la protección inmediata de derechos fundamentales, fue presentada por un procesado que alegó vulneración de su derecho fundamental de petición.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, quien se encuentra bajo vigilancia penal por una condena de un año y seis días de prisión impuesta por un delito de hurto calificado y agravado, solicitó en varias ocasiones copia de un auto judicial fechado el 6 de febrero de 2025, mediante el cual se negó la prescripción de la sanción a un coimputado en la misma causa. A pesar de las reiteradas peticiones realizadas el 24 de abril y el 3 de junio de 2025, no recibió respuesta ni copia del documento solicitado. En respuesta, el Juzgado 07 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad afirmó que el auto del 6 de febrero de 2025 correspondía únicamente a un coimputado y no al solicitante, por lo que no se le notificó formalmente. Además, el Centro de Servicios Administrativos no emitió respuesta alguna. Ante esta situación, el afectado interpuso acción de tutela para proteger su derecho constitucional fundamental de petición.Consideraciones jurídicas de la Sala
El Tribunal Superior recordó que la acción de tutela, según el artículo 86 de la Constitución...Más noticias sobre Derecho Penal
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