Tribunal Superior de Bogotá se pronuncia sobre tutela por derecho de petición en proceso electoral
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:38:43
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Penal especializada en decisiones de tutelas, conoció la acción presentada en primera instancia contra el Consejo Nacional Electoral y el presidente de un partido político. La acción buscaba la protección del derecho fundamental de petición, en el marco del procedimiento para la reposición de gastos de campaña, tras unas elecciones regionales celebradas en octubre de 2023. El tribunal se declaró competente para conocer del caso con fundamento en el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, que regulan la acción de tutela y su competencia frente a autoridades nacionales.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, quien participó como candidato a la Asamblea Departamental del Cauca avalado por el partido político en cuestión, obtuvo más de tres mil votos válidos en la contienda electoral. Este resultado le confiere el derecho a la reposición de gastos por voto válido, conforme a la Ley 1475 de 2011 y la Resolución 0672 de 2023. El 11 de diciembre de 2024, el candidato solicitó al partido político información sobre el estado del proceso de reposición de gastos. Sin embargo, no recibió respuesta alguna. En consecuencia, interpuso una acción de tutela reclamando la protección de su derecho fundamental de petición, dirigida tanto al Consejo Nacional Electoral como al partido político. Durante el trámite, el Consejo Nacional Electoral informó que no había recibido ninguna solicitud formal del accionante, pero aclaró que el informe de ingresos y gastos de la campaña relativo a su lista había sido objeto de observaciones técnicas enviadas al...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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