Tribunal Superior de Bogotá niega tutela por hecho superado en caso de extinción de dominio
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:39:58
Contexto y competencias del tribunal
El fallo fue proferido por la Sala de Extinción del Derecho de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que asumió la competencia para conocer la acción de tutela en primera instancia contra el Juzgado 3 del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá. La acción constitucional fue instaurada por una ciudadana que alegaba vulneración a su derecho fundamental de petición en el marco de un proceso judicial de extinción de dominio.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante presentó una solicitud el 8 de noviembre de 2024 dirigida al Juzgado 3, requiriendo información sobre el estado de un proceso de extinción de dominio y la devolución de un vehículo automotor de su propiedad. Sin embargo, no obtuvo respuesta oportuna del juzgado inicialmente consultado. Posteriormente, el Tribunal Superior, tras asumir conocimiento de la tutela, ordenó el traslado de la petición a la entidad accionada y vinculó a las partes interesadas para que ejercieran sus derechos de defensa. El Juzgado 3 informó que el proceso había sido reasignado el 15 de mayo de 2024 al Juzgado 6 del mismo circuito, por lo que la solicitud de la ciudadana fue remitida a este último despacho, aunque con demora atribuida a un error involuntario del personal. El Juzgado 6 confirmó haber recibido la petición el 17 de enero de 2025 y procedió de manera inmediata a responder a la accionante, informándole el estado del proceso, los mecanismos para intervenir y la imposibilidad de acceder a la devolución del vehículo sin agotar el trámite legal correspondiente.Consideraciones jurídicas y análisis de procedencia
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