Tribunal Superior de Bogotá se abstiene de sancionar a la Sociedad de Activos Especiales por incumplimiento en incidente de desacato
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 12:42:2
Contexto y antecedentes del caso
El presente incidente de desacato se originó a partir de la presunta omisión por parte de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) en cumplir una orden contenida en una sentencia de tutela proferida el 12 de febrero de 2025. En dicha sentencia, se protegió el derecho fundamental de petición de los accionantes y se ordenó a la SAE responder de fondo y de manera clara a una solicitud presentada en diciembre de 2024, con notificación específica a correos electrónicos determinados. El 27 de febrero de 2025, el Tribunal asumió conocimiento del incidente de desacato instaurado por los accionantes contra la SAE debido a la falta de respuesta dentro del plazo de 48 horas impuesto en la tutela. Ante la ausencia de pronunciamiento, se abrió formalmente el trámite incidental el 4 de marzo, vinculando a las funcionarias encargadas de asuntos legales y a la representante legal de la SAE para esclarecer la situación y garantizar la protección de los derechos fundamentales en riesgo.Respuesta y acciones de la Sociedad de Activos Especiales
La SAE respondió mediante oficio fechado el 4 de marzo de 2025, en el que informó a los accionantes sobre la emisión de una resolución interna (Resolución nro. 88 de 2025), dando cumplimiento a una orden judicial previa relacionada con la devolución de un bien inmueble específico. Esta resolución ordenó la devolución del inmueble a los beneficiarios judiciales y estableció un término máximo de seis meses para que los mismos solicitaran la entrega real y material del bien. Además, la SAE indicó que, en caso de ocupación irregular del...Más noticias sobre Derecho Penal
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