Tribunal Superior de Bogotá declara desierto recurso de apelación por sustentación extemporánea conforme a ley 2213 de 2022
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:5:12
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Civil, resolvió un incidente procesal dentro de un proceso verbal radicado bajo el número 11001 3103011-2022-00029-01. La providencia adoptada corresponde a un auto que declara desierto un recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
La controversia surgió entre una sociedad comercial demandante y un centro comercial y empresarial, en un proceso verbal que llegó a primera instancia con una sentencia definitiva. Contra dicha sentencia, la parte demandante interpuso recurso de apelación que fue admitido inicialmente por el tribunal superior.
No obstante, conforme al artículo 12, inciso 3º, de la ley 2213 de 2022, el apelante tiene la obligación de sustentar el recurso dentro de un término específico. En este caso particular, la sustentación debía presentarse a más tardar el 9 de abril de 2025. Sin embargo, el escrito con la sustentación fue allegado el 10 de abril de 2025, es decir, de forma extemporánea. El tribunal, con base en el informe de Secretaría, constató esta irregularidad procesal.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá fundamentó su decisión en la nueva jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, que ha unificado y modificado su tesis sobre la sustentación del recurso de apelación. Entre otras, las sentencias STC9008, STC9010, STC9012, STC9026 y STC9311 de 2024 establecen que los reparos formulados en primera instancia no sustituyen la obligación de sustentar el recurso en segunda instancia.
Esta obligación implica que, una vez...
Más noticias sobre Derecho Civil
No se encontraron sugerencias
Tribunal Superior de Bogotá declara desierto recurso de apelación por sustentación extemporánea conforme a ley 2213 de 2022