Tribunal Superior de Bogotá confirma negativa a apelación sobre orden de caución en proceso civil
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:9:16
Contexto y antecedentes del caso
En un proceso ejecutivo singular promovido por una entidad dedicada a la depuración de aguas contra un consorcio demandado, el Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá profirió un auto el 17 de marzo de 2025, que negó la petición de ordenar el pago de una caución a favor de la parte demandada. Este auto fue objeto de recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la demandada, recurso que fue rechazado en primera instancia. Previamente, el juzgado había rechazado la demanda y ordenado el levantamiento de medidas cautelares, sin que se interpusieran recursos contra dicha decisión. También admitió la sustitución del apoderado de la parte demandada y negó la petición de pago de caución, aunque ordenó expedir copia de la póliza de seguro para que la parte demandada pudiera reclamar directamente ante la aseguradora. Frente a la negativa de apelación, el apoderado interpuso un recurso de queja para que el tribunal superior revisara la decisión, dando paso a la providencia objeto de análisis.Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal Superior recordó que el recurso de queja está previsto en el artículo 352 del Código General del Proceso (C.G.P.) para corregir posibles errores cuando un juez de primera instancia niega la admisión de un recurso de apelación. Sin embargo, el éxito de este recurso está sujeto a los requisitos específicos del artículo 353 del mismo estatuto. En este caso, el tribunal confirmó que dichos requisitos se cumplieron, y procedió a analizar la naturaleza del auto impugnado y la procedencia de la apelación. Destacó que el artículo 321, ordinal...Más noticias sobre Derecho Civil
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