Tribunal Superior de Bogotá Modifica Sanción por Desacato a Directivos de Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:15:36
Contexto y Competencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala de Decisión Penal, conoció y resolvió en grado de consulta la sanción impuesta por el Juzgado 49 Penal del Circuito (Ley 600) de Bogotá a dos altos funcionarios de la Nueva EPS, luego de un incidente de desacato promovido por la representante judicial de una menor de edad. La providencia se inscribe en el marco del cumplimiento de una acción de tutela que protegía los derechos fundamentales a la salud y a la vida de la menor, ordenando a la entidad de salud la entrega de insumos médicos y servicios especializados. La competencia para conocer la consulta está conferida por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, que regula el procedimiento para los incidentes de desacato derivados de fallos de tutela.Antecedentes Fácticos y Procesales
En 2017, el Juzgado 49 Penal del Circuito profirió una sentencia de tutela que tuteló los derechos fundamentales a la salud y a la vida de una menor, ordenando a la Nueva EPS autorizar y garantizar el suministro mensual de pañales desechables, así como la entrega de una silla de ruedas conforme a prescripción médica y la garantía de un tratamiento integral. En mayo de 2025, la representante judicial de la menor presentó una solicitud para iniciar un incidente de desacato ante la presunta omisión de la entidad promotora de salud en cumplir con lo ordenado. Durante el proceso, la Nueva EPS no respondió a los requerimientos judiciales para justificar el incumplimiento. Posteriormente, la representante informó que, al solicitar la silla de ruedas en una...Más noticias sobre Derecho Penal
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