Tribunal Superior de Bogotá modifica sentencia sobre pago de incapacidades médicas en caso de cáncer de mama
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:16:58
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial se originó a partir de una acción de tutela presentada por una trabajadora vinculada laboralmente a una empresa, quien fue diagnosticada con un carcinoma infiltrante de mama, grado histológico 3. La paciente, afiliada a una Entidad Promotora de Salud (EPS) y vinculada a un fondo de pensiones, solicitó la protección de sus derechos fundamentales debido al incumplimiento en el pago de sus incapacidades médicas derivadas de su tratamiento oncológico. Según la demanda, la accionante recibió diversas incapacidades médicas ordenadas por el especialista en oncología, con períodos que van desde mayo de 2024 hasta mayo de 2025, las cuales no fueron pagadas en su totalidad por la EPS ni por el fondo de pensiones. Frente a esta situación, la accionante argumentó que la omisión en los pagos ha afectado su estabilidad económica y vulnerado sus derechos a la dignidad humana, al mínimo vital y a la seguridad social. El Juzgado 60 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá admitió la acción de tutela y en sentencia del 8 de mayo de 2025 concedió el amparo, ordenando a la EPS y al fondo de pensiones el pago de las incapacidades adeudadas, dividiendo la responsabilidad según las fechas de reconocimiento estipuladas en la ley. Sin embargo, tanto la EPS como el fondo de pensiones impugnaron la decisión.Competencia y trámite procesal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, como superior funcional del juzgado de primera instancia, conoció la impugnación presentada por ambas entidades. En el análisis preliminar, el tribunal advirtió que en primera instancia sólo se había...Más noticias sobre Derecho Penal
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