Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslado pensional y aclara devolución de aportes en caso contra administradoras privadas de pensiones
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:19:49
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral, en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta, emitió una sentencia el 30 de abril de 2025, resolviendo recursos de apelación contra la decisión del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá D.C. de 10 de febrero de 2025. Esta decisión, de carácter jurisdiccional y de segunda instancia, confirma en gran medida la declaratoria de ineficacia del traslado pensional de un afiliado al RAIS, ordenando el retorno al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM). Al mismo tiempo, modifica ciertos aspectos relacionados con la restitución de aportes financieros descontados por concepto de gastos administrativos, primas de seguros y fondo de garantía de pensión mínima.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada por un afiliado que solicitó declarar ineficaz el traslado realizado en 1995 desde el régimen público (RPM) al RAIS, argumentando que dicho traslado fue efectuado sin asesoría pensional adecuada ni información suficiente sobre sus implicaciones legales y económicas. Se alegó que la afiliación al RAIS se realizó a través de la empresa empleadora mediante un formulario diligenciado por el área de recursos humanos, sin contacto directo con un asesor que explicara las diferencias entre regímenes.
Posteriormente, el afiliado realizó un traslado horizontal desde la AFP inicial a otra administradora privada, también sin recibir información clara sobre las consecuencias. Las solicitudes de reconocimiento de ineficacia fueron inicialmente negadas por las entidades involucradas, lo que motivó la demanda judicial.
En primera instancia, el juez laboral declaró la ineficacia del traslado, ordenó la devolución de todos los...
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