Tribunal Superior de Bogotá ordena integrar a COLPENSIONES como litisconsorcio necesario en proceso contra ECOPETROL S.A.
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:20:31
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala Quinta de Decisión de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá profirió una providencia en segunda instancia que resolvió el recurso de apelación presentado por ECOPETROL S.A. contra un auto y una sentencia emitidos por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá. La providencia adoptada el 30 de mayo de 2025 corresponde a un auto que revoca la decisión previa y ordena la integración de COLPENSIONES como litisconsorcio necesario en el proceso, así como la anulación de la sentencia de primera instancia, lo que implica reanudar las etapas procesales pertinentes.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la demanda presentada por un trabajador contra ECOPETROL S.A., en la que se solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación establecida en el artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Esta pensión corresponde al setenta y cinco por ciento del promedio de los salarios devengados en el último año de servicio, junto con la prestación de servicios de salud conforme al régimen exceptuado. La demanda se fundamentó en que el trabajador cumplió con el requisito de tiempo laborado (20 años) y edad (55 años) necesarios para acceder a dicha pensión.
ECOPETROL S.A. se opuso a las pretensiones argumentando que, conforme al Acto Legislativo 01 de 2005, el régimen exceptuado de pensiones aplicable a sus empleados fue eliminado a partir del 31 de julio de 2010. Por esta razón, el trabajador fue trasladado al Sistema General de Pensiones administrado por COLPENSIONES, entidad encargada de la administración del Régimen de...
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