Tribunal Superior de Bogotá autoriza el levantamiento del fuero sindical por justa causa laboral
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:21:17
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Sexta de Decisión Laboral, profirió una sentencia en segunda instancia el 30 de abril de 2025, en el marco de un proceso especial de fuero sindical. Esta sentencia revocó la decisión absolutoria emitida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá el 27 de enero de 2025, autorizando el levantamiento del fuero sindical y la terminación del contrato de trabajo con justa causa de un trabajador que ostentaba el cargo de presidente de una subdirectiva sindical. La empresa recurrente es una concesionaria que presta servicios en el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) en Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
La empresa demandante solicitó el levantamiento del fuero sindical de un trabajador que desempeñaba el cargo de presidente en la subdirectiva de un sindicato que la representa. Se fundamentó en la presunta existencia de justas causas para el despido, derivadas del comportamiento del trabajador, quien difundió a través de un grupo de mensajería instantánea audios con expresiones calificadas de injuriosas y ofensivas, dirigidas a otros miembros de la organización sindical y compañeros de trabajo. Esta conducta, según la empresa, generó un ambiente laboral hostil, problemas de convivencia y zozobra en los patios de trabajo asignados.
El proceso disciplinario interno se adelantó conforme a los parámetros del convenio colectivo aplicable, con múltiples citaciones para descargos, algunas acompañadas de incapacidad médica. Pese a la ausencia en la última diligencia, el trabajador se encontraba en el lugar de la misma. La empresa terminó el contrato el 20 de mayo de 2024 por justa causa.
En primera instancia, el juzgado laboral absolvió al trabajador, argumentando que no se acreditaron las imputaciones de la empresa, que las expresiones no podían considerarse injuriosas en el contexto y que correspondía a la organización sindical resolver los conflictos internos. La empresa interpuso recurso de apelación contra esta decisión.
Consideraciones jurídicas y razones de la Sala Superior
El Tribunal Superior centró su análisis en la configuración de una justa causa que justificara el levantamiento del fuero sindical, entendiendo este como una garantía constitucional consagrada en el artículo 39 de la Constitución Política y desarrollada en los artículos 405 y 406 del Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.). La Sala recordó la importancia de esta protección para asegurar la libertad sindical, en consonancia con los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por Colombia.
No obstante, la Sala destacó que esta garantía no es absoluta y puede ser levantada cuando el trabajador incurra en justas causas de despido debidamente comprobadas. En este caso, el análisis se centró en los audios difundidos a través de un grupo semiprivado de WhatsApp, que, aunque de acceso restringido, no cuentan con la confidencialidad de información íntima o reservada, y cuya circulación interna es legítima.
El trabajador, en su interrogatorio, reconoció la autoría de uno de los audios en que utilizó términos calificados como “inservibles” para referirse a compañeros. La Sala consideró que tales expresiones y el tono acusatorio empleado trascendieron la esfera de la libertad de expresión individual, afectando la dignidad de los miembros del sindicato y deteriorando el ambiente laboral.
Además, se valoraron las consecuencias prácticas de estas conductas, como la solicitud de medidas preventivas por parte de un trabajador que se sintió amenazado y la instauración de una denuncia penal para proteger su integridad. La Sala concluyó que el comportamiento del representante sindical generó un clima de maltrato y desarmonía incompatible con las relaciones laborales dignas.
El Tribunal también cuestionó el criterio de la primera instancia, que interpretó las expresiones como parte del normal ejercicio de opiniones dentro del sindicato, señalando que la posición de liderazgo exigía un deber mayor de respeto y decoro hacia los compañeros.
En consecuencia, la Sala Superior revocó la sentencia de primera instancia, autorizó a la empresa para levantar el fuero sindical y concedió el permiso para formalizar el despido con justa causa del trabajador, imponiéndole además las costas procesales de ambas instancias.
Implicaciones y conclusiones de la sentencia
Esta decisión reafirma la protección constitucional del fuero sindical como instrumento esencial para la defensa de la libertad de asociación y la representación de los trabajadores. No obstante, también subraya que dicha protección debe coexistir con el respeto a la dignidad, el buen ambiente laboral y la convivencia pacífica.
El fallo pone de manifiesto que el ejercicio de la representación sindical no exime del cumplimiento de normas básicas de conducta y que la difusión de mensajes con contenido ofensivo puede justificar el levantamiento de las garantías del fuero, siempre que se acrediten las justas causas previstas en la ley.
Finalmente, la sentencia destaca la importancia de valorar el contexto y las consecuencias de las expresiones del trabajador, así como el alcance y el carácter de los medios de comunicación empleados, para determinar la procedencia del levantamiento del fuero sindical en cada caso concreto.
Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá establece un precedente relevante que balancea la protección de los derechos sindicales con la obligación de mantener un ambiente laboral respetuoso y digno, enviando un mensaje claro sobre los límites del comportamiento sindical en el marco de la legislación laboral colombiana.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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