Tribunal Superior de Bogotá confirma nulidad por notificación indebida en proceso laboral contra establecimiento de comercio
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:21:54
Providencia y ámbito jurisdiccional
La providencia en cuestión es un auto emitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Sexta de Decisión Laboral, en segunda instancia. Este auto resuelve el recurso de apelación interpuesto contra una providencia del Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá, que fue proferida en primera instancia el 9 de septiembre de 2024. La Sala examinó la adecuación de la decisión inicial que declaró la nulidad de ciertas actuaciones procesales en un proceso ordinario laboral.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de una demanda laboral en la que el demandante solicitaba se reconociera la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido desde enero de 1995. Asimismo, reclamaba el pago de cesantías, intereses, primas, vacaciones, diferencias salariales y sanción moratoria, correspondientes al periodo de enero a mayo de 2022.
Inicialmente, la demanda fue presentada contra un establecimiento de comercio ubicado en Bogotá. El juzgado de primera instancia admitió la demanda, notificó al establecimiento y declaró la demanda como no contestada ante la ausencia de respuesta. Sin embargo, en audiencia posterior, el juzgado determinó que la demanda debía estar dirigida contra la persona natural propietaria del establecimiento, pues el establecimiento mismo carece de personería jurídica para ser parte en el proceso. En consecuencia, se declaró la nulidad de las actuaciones adelantadas contra el establecimiento y se ordenó retrotraer el proceso para que se notificara adecuadamente a la propietaria y esta pudiera contestar la demanda.
El demandante apeló esta decisión alegando que, aunque la demanda no se dirigió inicialmente contra la persona natural, esta...
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