Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslados pensionales y reafirma deber de información de AFP
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:24:15
Contexto y Tribunal
Las providencias analizadas fueron proferidas por la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, dentro de procesos ordinarios laborales radicados entre 2016 y 2024. Las sentencias resuelven recursos de apelación y grados jurisdiccionales de consulta presentados contra decisiones de juzgados laborales de primera instancia.
Antecedentes y naturaleza de las demandas
Los procesos surgieron de reclamaciones de afiliados al sistema pensional que solicitaron la nulidad o ineficacia de sus traslados voluntarios del régimen público de prima media con prestación definida (RPMD) al régimen privado de ahorro individual con solidaridad (RAIS). Los demandantes alegaron la falta de asesoría y suministro de información adecuada por parte de las AFP privadas, lo que invalidaría el consentimiento para el cambio de régimen.
Mientras tanto, en materia laboral, se analizaron casos de despido sin justa causa, reclamos por reconocimiento de salarios, primas, indemnizaciones, y estabilidad laboral reforzada para pre-pensionados.
Consideraciones sobre la ineficacia de los traslados pensionales
El Tribunal reafirmó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia que impone a las AFP el deber legal de suministrar a los afiliados información objetiva, comparada, clara y oportuna sobre las características, condiciones, ventajas, desventajas y consecuencias jurídicas de los regímenes pensionales entre los que puede optar el afiliado. Este deber se encuentra regulado desde la creación del Sistema General de Seguridad Social en Colombia (Ley 100 de 1993 y sus normas reglamentarias).
Se destacó que la mera suscripción de formularios de traslado, incluso con declaraciones de libre voluntad y ausencia de presiones, no exime a las AFP de cumplir con el deber...
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