Tribunal Superior de Bogotá modifica condena a EPS por reembolso en licencias de maternidad y salarios variables
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:25:24
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Sexta de Decisión Laboral, profirió un auto de segunda instancia el pasado 30 de abril de 2025, dentro del proceso ordinario laboral que adelanta una empresa comercializadora de servicios financieros contra una Entidad Promotora de Salud (EPS). La providencia corresponde al estudio del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarenta y Cuatro Laboral del Circuito de Bogotá el 6 de diciembre de 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
La empresa demandante solicitó el pago de diferencias correspondientes a incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad de sus trabajadoras afiliadas a la EPS demandada. La controversia radicó en el método de liquidación del ingreso base para el cálculo de estas prestaciones, dado que las trabajadoras percibían salarios variables.
La demandante alegó que había asumido el pago total de las prestaciones laborales y solicitado el recobro a la EPS con base en el promedio de los ingresos base de cotización reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) durante los 12 meses anteriores al inicio de la incapacidad o licencia. Sin embargo, la EPS reconoció y pagó un valor inferior, tomando únicamente como base el salario del mes anterior a la incapacidad o licencia. Además, la EPS defendió que había realizado el recobro ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y negó la procedencia de intereses moratorios por las diferencias.
En primera instancia, el juzgado condenó a la EPS a pagar a la empresa demandante un monto...
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