Tribunal Superior de Bogotá confirma sentencia que declara cosa juzgada en proceso laboral sobre aportes pensionales y salarios
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:31:24
Providencia judicial en segunda instancia del Tribunal Superior de Bogotá
La Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dictó el 30 de mayo de 2025 una sentencia en segunda instancia dentro del proceso ordinario laboral. Esta resolución confirma la decisión previa del Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá, emitida el 12 de febrero de 2025, que absolvió las pretensiones de la demanda sobre aportes a pensión y relacionados.
Contexto y antecedentes del caso
El demandante, quien trabajó como transportador de carga pesada para el demandado, solicitó el reconocimiento y pago de aportes a pensión correspondientes a varios periodos laborales entre 1992 y 2017. Además, reclamó que el salario para efectos de cotización incluyera un 7% sobre los fletes de los viajes realizados, así como la sanción por no consignación de cesantías y la indexación correspondiente.
Se acreditó que el trabajador prestó servicios bajo contrato a término indefinido, movilizando productos como aceite de palma, grasa bombeable y derivados del petróleo en vehículos propiedad del demandado. Sin embargo, según su alegato, los aportes a pensión no se realizaron o fueron consignados por lapsos inferiores a 30 días.
El demandado, representado legalmente, se opuso a las reclamaciones, interponiendo excepciones, entre ellas la prescripción, y alegando que el asunto había sido previamente resuelto en un proceso anterior, argumentando la aplicación del principio de no bis in idem (no volver a juzgar lo ya decidido).
En primera instancia, el juzgado absolvió la demanda, fundamentando su decisión en la aplicación del principio de cosa juzgada, considerando que el conflicto ya había sido analizado y resuelto...
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