Tribunal Superior de Bogotá confirma ineficacia de traslado al Régimen de Ahorro Individual por falta de asesoría adecuada en proceso pensional
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:33:52
Providencia judicial en segunda instancia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, resolvió el recurso de apelación y el grado jurisdiccional de consulta interpuesto en contra de una sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Veintidós Laboral del Circuito de Bogotá. Esta sentencia había declarado la ineficacia del traslado efectuado en 2005 por una afiliada desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), ordenando la restitución de los recursos y la reactivación de la afiliación en el régimen público.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, inicialmente afiliada al RPM desde 1990, realizó un traslado en 2005 al RAIS administrado por una AFP privada mediante la firma de un formulario de afiliación. La afiliación se efectuó tras ser abordada por asesores comerciales en su lugar de trabajo. No obstante, la parte actora alegó no haber recibido una asesoría clara, completa ni precisa sobre las implicaciones del cambio de régimen, ni fue informada sobre la posibilidad de trasladarse nuevamente antes de cumplir los 57 años. Tras la negativa de las administradoras para permitir su retorno al RPM, se interpuso demanda solicitando la declaración de nulidad e ineficacia del traslado y la restitución de los aportes y rendimientos al sistema público.
En primera instancia, el juzgado dio lugar a las pretensiones de la demandante, declarando la ineficacia del traslado y ordenando a la AFP privada trasladar los recursos a la administradora pública, así como la actualización de la historia laboral y la reactivación de la afiliación en el RPM. También se condenó a...
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