Tribunal Superior de Bogotá modifica cálculo de pensión restringida en caso contra UGPP
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:36:11
Providencia de segunda instancia en proceso laboral contra la UGPP
La Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá conoció el recurso de apelación interpuesto en un proceso ordinario laboral iniciado contra la UGPP. El caso se originó en la demanda presentada por un trabajador oficial, quien solicitó el reconocimiento de la pensión restringida de jubilación por retiro voluntario establecida en el artículo 8 de la Ley 171 de 1961, junto con la indexación de la primera mesada pensional, sus reajustes y las mesadas adicionales de junio y diciembre.
Antecedentes y primera instancia
El demandante acreditó haber laborado para una empresa industrial y comercial del Estado, vinculada mediante contrato de trabajo a término indefinido desde 1969 hasta 1987, cuando la relación laboral terminó mediante acta de conciliación que documentó la renuncia voluntaria. La UGPP, entidad encargada de reconocer las pensiones a cargo de dicha empresa liquidada, negó el derecho a la pensión restringida argumentando que la norma no contempla la terminación bilateral del contrato, sino únicamente el despido sin justa causa o el retiro unilateral voluntario.
El Juzgado Veintiséis Laboral del Circuito de Bogotá, en sentencia del 12 de diciembre de 2023, condenó a la UGPP a reconocer la pensión restringida a partir de que el demandante cumplió 60 años de edad, estableciendo una mesada inicial de aproximadamente $607.919, con dos mesadas adicionales al año y el pago de retroactivos desde 2019, además de autorizaciones para los descuentos por salud. Se declaró parcialmente prescrita la reclamación respecto a las sumas anteriores a julio de 2019.
Consideraciones del Tribunal Superior
La Sala...
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