Tribunal Superior de Bogotá confirma compartibilidad de pensiones convencionales y de vejez en caso contra la UGPP
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:39:26
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá profirió una sentencia el 30 de mayo de 2025, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral interpuesto contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). La decisión confirma la sentencia inicial dictada por un juzgado laboral de conocimiento, que resolvió un recurso de apelación presentado por el demandante frente a la negativa de la UGPP de reconocer la compatibilidad entre dos pensiones.Antecedentes fácticos y procesales
El actor presentó demanda solicitando que se declare la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido con la entidad empleadora desde 1960 hasta 1991, y que se reconozca la compatibilidad entre la pensión de jubilación convencional otorgada por dicha entidad y la pensión de vejez reconocida por el Instituto de Seguros Sociales (ISS). Además, pidió la nulidad de una resolución administrativa que negó dicha compatibilidad, la devolución de sumas descontadas, intereses moratorios y otros conceptos asociados. En primera instancia, el juzgado laboral reconoció la existencia de la relación laboral y declaró que la pensión reconocida por la entidad empleadora tenía carácter de compartible con la pensión de vejez otorgada por el ISS. En consecuencia, absolvió a la UGPP y a la fiduciaria administradora del patrimonio autónomo de remanentes de la entidad empleadora en liquidación, negando las pretensiones del demandante. El demandante interpuso recurso de apelación argumentando que el derecho a la pensión convencional se causó con el cumplimiento de los 20 años de servicio, antes de la...Más noticias sobre Derecho Laboral
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