Tribunal Superior de Bogotá confirma negativa de tutela contra Fonvivienda y Departamento de Prosperidad Social por derecho de petición en subsidio de vivienda
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:49:18
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial analizada corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, el 12 de junio de 2025. En este proceso, un ciudadano interpuso acción de tutela contra el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, con el fin de amparar su derecho fundamental de petición, argumentando que dichas entidades no le habían respondido su solicitud para la concesión de un subsidio de vivienda ni su inclusión en un programa estatal de asignación de viviendas gratuitas. En primera instancia, el Juzgado 5º Penal del Circuito Especializado de Bogotá negó el amparo, al considerar que las entidades demandadas dieron respuestas concretas y de fondo a las solicitudes del accionante antes de la interposición de la tutela. El ciudadano impugnó esta decisión, insistiendo en que no había recibido una respuesta clara sobre la asignación del subsidio y que, a pesar de su condición de desplazado, continuaba sin acceso a un inmueble para habitar.Fundamentos jurídicos y consideraciones del Tribunal
El Tribunal Superior confirmó la negativa de amparo, sustentando su decisión en los principios constitucionales y legales que regulan el derecho de petición y la acción de tutela. A continuación, se destacan los aspectos jurídicos esenciales:- Competencia y ámbito procesal: La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá se declaró competente para resolver la impugnación conforme a las normas procesales vigentes.
- Derecho de petición y tutela: El artículo 86 de la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a la tutela para la protección inmediata de...
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