Tribunal Superior de Bogotá inadmite acción de tutela por falta de legitimidad activa
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:53:45
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia en cuestión fue emitida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia procesal. Se trata de un auto dictado el 13 de junio de 2025, mediante el cual se decide sobre la admisión de una acción de tutela presentada en contra del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta con el propósito de salvaguardar derechos fundamentales supuestamente vulnerados en el contexto de un proceso de ejecución de penas. Sin embargo, la demanda adoleció de un defecto sustancial: no fue suscrita ni ratificada por la persona titular del derecho que se pretendía proteger, ni se acreditó la representación judicial correspondiente. El tribunal de primera instancia requirió a través de la entidad penitenciaria la confirmación de la legitimidad activa del solicitante, sin que se obtuviera respuesta favorable ni dentro de los términos establecidos. Posteriormente, mediante auto del 5 de junio de 2025 se inadmitió la acción y se concedió un término de tres días para subsanar la falta de ratificación, plazo que venció sin que se presentara la corrección requerida.Consideraciones jurídicas que fundamentan la decisión
El análisis del tribunal se sustentó en el artículo 86 de la Constitución Política, que garantiza el derecho de toda persona a acudir a la acción de tutela para la protección inmediata de sus derechos fundamentales cuando estos resulten vulnerados o amenazados. Asimismo, se tomaron en cuenta las disposiciones del artículo...Más noticias sobre Derecho Penal
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