Tribunal Superior de Bogotá revoca decisión y ordena respuesta inmediata a derecho de petición contra UGPP
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:58:14
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Penal, emitió un auto de tutela de segunda instancia en el que revocó la decisión anterior del Juzgado Sexto Penal del Circuito, que había negado la protección de derechos fundamentales en un proceso contra la UGPP. La providencia judicial fue proferida en el marco de un recurso de impugnación interpuesto por el accionante frente a la negativa de respuesta a un derecho de petición y presunta vulneración del debido proceso.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de una orden emitida por el Consejo de Estado que reconoció el derecho del accionante al pago de una pensión gracia desde julio de 2013. Posteriormente, el solicitante presentó un derecho de petición a la UGPP, requiriendo el cumplimiento de esta orden judicial. La entidad respondió que emitiría una respuesta en un plazo máximo de dos meses, sin que hasta la fecha hubiera contestado formalmente. El Juzgado Sexto Penal del Circuito admitió la demanda pero negó el amparo solicitado, argumentando que el plazo para el cumplimiento de la obligación económica por parte de la UGPP es de diez meses, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Ante esta negativa, el accionante interpuso recurso de apelación.Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El tribunal destacó que el derecho de petición es una garantía constitucional que otorga a toda persona la facultad de solicitar información o requerir decisiones a cualquier autoridad, con la expectativa legítima de recibir una respuesta oportuna y clara. Señaló que...Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias