Tribunal Superior de Bogotá revoca negativa de tutela por demora en reliquidación pensional en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:1:54
Providencia de segunda instancia en tutela por demora en trámite pensional
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, en segunda instancia, atendió la impugnación presentada contra la resolución del Juzgado 13 Penal del Circuito de Bogotá que había negado la protección constitucional solicitada mediante acción de tutela. El caso se refiere a la demora en la respuesta de una solicitud de reliquidación de pensión de vejez presentada por la accionante desde agosto de 2024, cuya tramitación no se había concluido dentro de los plazos legales establecidos.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante inició el procedimiento administrativo en agosto de 2024, a través de apoderado, para obtener el ajuste o reliquidación de su pensión de vejez. Sin embargo, tras cinco meses, su solicitud se encontraba en estado de “prestación en estudio” sin un pronunciamiento definitivo por parte de las entidades involucradas: la Secretaría de Educación de Bogotá y Fiduprevisora S.A. El Juzgado 13 Penal del Circuito, en primera instancia, negó la tutela el 12 de febrero de 2025, argumentando que la Secretaría de Educación había realizado el trámite correspondiente al elaborar y remitir el proyecto de acto administrativo a Fiduprevisora el 3 de febrero de 2025. Según esta decisión, el procedimiento no había sido desatendido, sino que estaba en proceso de verificación, dado que la complejidad económica del asunto requería un análisis detallado antes de una resolución definitiva. Inconforme con esta decisión, la accionante interpuso recurso de impugnación, que fue concedido por el Tribunal Superior y que motivó el estudio y resolución en segunda instancia.Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
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