Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela por protección de datos personales en la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:2:13
Contexto y Competencia
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., en segunda instancia, conoció la impugnación de una acción de tutela interpuesta contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (DEAJ) y el Centro de Documentación Socio-Jurídica (CENDOJ), entidades pertenecientes a la Rama Judicial. La tutela fue promovida por un abogado que alegó la vulneración de sus derechos fundamentales al habeas data e intimidad personal, debido a la publicación de su número de cédula y tarjeta profesional en documentos procesales disponibles en el sitio web oficial de la Rama Judicial.Antecedentes Fácticos y Procesales
El accionante argumentó que al consultar su información personal en el buscador web Google, encontró múltiples publicaciones en la página oficial de la Rama Judicial que contenían sus datos personales, tales como nombre completo, número de cédula y tarjeta profesional. Consideró que esta situación facilitaba que terceros se identificaran como él, afectando su intimidad y protección de datos. A pesar de sus intentos por contactar a la Rama Judicial para solicitar la eliminación de dichos datos, no obtuvo respuesta satisfactoria. Inicialmente, el Juzgado 13 Penal del Circuito declaró improcedente la acción de tutela, señalando que la responsabilidad sobre la publicación y modificación de las piezas procesales corresponde a los despachos judiciales que administran los procesos, y no a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial ni al Centro de Documentación Socio-Jurídica. Además, el Juzgado destacó que el accionante no había agotado los mecanismos ordinarios para presentar estas solicitudes ante los despachos judiciales competentes. En el trámite también fueron vinculados otros órganos judiciales y Google Colombia Ltda., entidad que...Más noticias sobre Derecho Penal
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