Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela contra la UGPP por pensión de sobrevivientes
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:4:49
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial analizada corresponde a una sentencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, que resuelve una impugnación contra una decisión de primera instancia del Juzgado 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá. La acción de tutela fue instaurada por una ciudadana, en calidad de esposa supérstite, contra la UGPP, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes que correspondería por el fallecimiento de su esposo, quien trabajó como funcionario administrativo en una Secretaría de Educación departamental. El esposo fallecido había laborado desde 1982 hasta 2005 en dicha entidad, acumulando un total de aproximadamente 8.300 días de servicio, equivalentes a 1.175 semanas cotizadas. Sin embargo, la UGPP negó inicialmente la indemnización sustitutiva y luego la pensión de sobrevivientes, argumentando que no se había acreditado la convivencia conyugal durante los últimos cinco años de vida del causante y que no se cumplían los requisitos mínimos de semanas cotizadas exigidos por la normatividad vigente. La solicitante, además, afirmó bajo juramento que la última resolución negativa no le fue notificada ni a ella ni a su apoderado judicial, y que los recursos de reposición y apelación interpuestos fueron declarados extemporáneos. Frente a la situación económica precaria y a la avanzada edad de la accionante, se acudió a la acción de tutela para proteger su derecho fundamental a la seguridad social.Argumentos y decisiones en primera instancia
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