Tribunal Superior de Bogotá confirma sentencia que ordena revisar suspensión de visitas en centro penitenciario
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:5:30
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala de Decisión Penal, emitió el 18 de junio de 2025 un auto que confirma la sentencia de tutela proferida el 30 de abril de 2025 por el Juzgado 18 Penal del Circuito de Bogotá. La providencia resuelve la impugnación presentada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) contra dicha sentencia, la cual ordenó la revisión y eventual reactivación de visitas suspendidas a un interno en el centro penitenciario La Picota, tras una denuncia de amenaza contra la visitante.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta por la compañera permanente de un interno privado de la libertad en La Picota, quien alegó que las visitas habían sido suspendidas tras un acta de seguridad que reportaba una presunta amenaza en su contra por parte del interno. La demandante negó la existencia de dicha amenaza y afirmó mantener una relación marital de hecho estable con el interno desde hace una década, con dos hijas en común. A pesar de múltiples gestiones administrativas, incluyendo una entrevista con las autoridades penitenciarias y el apoyo de la Secretaría Distrital de la Mujer, no se había recibido respuesta para restablecer las visitas. En consecuencia, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales a la petición, a la visita íntima y a la unión familiar. El Juzgado 18 Penal del Circuito admitió la tutela y vinculó al INPEC, a la administración del centro penitenciario y al Juzgado 25 de Ejecución de Penas. Este último solicitó desvinculación argumentando no haber vulnerado derechos fundamentales y no...Más noticias sobre Derecho Penal
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