Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela contra el Ministerio de Defensa por carencia de objeto
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:6:39
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, conoció y decidió una impugnación presentada en un proceso de tutela de segunda instancia. El caso se originó a partir de una solicitud realizada el 21 de enero de 2025 ante el Ministerio de Defensa Nacional, en la cual el accionante requirió la expedición de un certificado electrónico de tiempos laborados (CETIL), relacionado con su vinculación al servicio militar. Al no recibir respuesta oportuna a dicha petición, el solicitante acudió al Juzgado Diecinueve Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá mediante acción de tutela, argumentando la vulneración de sus derechos fundamentales por la omisión del Ministerio de Defensa. El juzgado de primera instancia declaró improcedente el amparo constitucional debido a la carencia actual de objeto, dado que el Ministerio de Defensa Nacional resolvió la solicitud de fondo y envió el certificado electrónico el 2 de mayo de 2025. Sin embargo, el accionante impugnó el fallo, alegando que no había recibido el documento en el correo electrónico proporcionado, por lo cual solicitó que se le concediera la tutela.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
La Sala Penal del Tribunal Superior, competente para conocer esta impugnación según el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, analizó el caso bajo los principios constitucionales que rigen la acción de tutela y el derecho de petición, consagrados en los artículos 86 y 23 de la Constitución Política, respectivamente. La acción de tutela es un mecanismo preferente y sumario destinado a la protección inmediata de los derechos fundamentales cuando estos son vulnerados o amenazados...Más noticias sobre Derecho Penal
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