Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela por falta de legitimación en caso de pago de sentencia a herederos de exsoldado
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:13:26
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial analizada corresponde a una sentencia proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, con fecha tres de junio de 2025. La acción se originó tras una tutela interpuesta para exigir información y el pago de una sentencia favorable a un exsoldado fallecido, en un proceso de reparación directa tramitado ante el Juzgado Administrativo de Oralidad de Bogotá. Los herederos del exsoldado solicitaron mediante derecho de petición al Ministerio de Hacienda información sobre el estado del pago de la sentencia, dada la compleja situación socioeconómica y de salud que enfrentan, incluida la condición de pobreza extrema y problemas médicos graves. Sin embargo, al no recibir respuesta de fondo, acudieron a la acción de tutela, la cual fue inicialmente negada por el Juzgado 50 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, por considerar que la apoderada judicial no acreditó debidamente su legitimación para actuar en sede de tutela.Fundamentos jurídicos y consideraciones del tribunal
En su análisis, el Tribunal Superior recordó que la acción de tutela, prevista en el artículo 86 de la Constitución Política, es un mecanismo residual y subsidiario para la protección de derechos fundamentales, procedente únicamente cuando no existen otros medios judiciales eficaces o cuando se enfrenta un perjuicio irremediable. El tribunal enfatizó la importancia de verificar los requisitos generales de procedencia de la tutela, que incluyen: legitimación por activa y pasiva, inmediatez y subsidiariedad. En este caso, el punto crítico fue la legitimación por activa, es decir, la capacidad legal del representante para...Más noticias sobre Derecho Penal
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