Tribunal Superior de Bogotá confirma negativa de indemnización por accidente de tránsito en tutela de segunda instancia
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:14:20
Contexto y competencia
La providencia judicial en cuestión corresponde a un auto dictado por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, con radicación 11001 3109 025 2025 00126 01. La impugnación fue presentada contra un fallo previo del Juzgado 25 Penal del Circuito de Bogotá, que negó el amparo constitucional solicitado mediante tutela. La competencia para resolver la impugnación corresponde al tribunal superior, conforme al artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, debido a que la decisión original fue emitida por un juzgado penal de circuito.Antecedentes fácticos y procesales
Los hechos de la causa se originan a raíz del fallecimiento de una persona a consecuencia de un accidente de tránsito ocurrido en enero de 2024, cuando fue atropellada por una motocicleta. Posteriormente, el reclamante promovió en abril de 2025 ante la entidad administradora del sistema general de seguridad social en salud (ADRES) la solicitud de reconocimiento económico por concepto de indemnización administrativa derivada de dicho fallecimiento. La entidad demandada respondió, el 29 de abril de 2025, que no se había radicado formalmente la solicitud, argumentando la falta de datos esenciales para iniciar el trámite, pese a que el reclamante aportó documentación requerida conforme a la normativa vigente. Ante esta situación, el reclamante interpuso tutela para amparar sus derechos fundamentales a la salud, igualdad, dignidad y vida, solicitando que se ordenara a la entidad tramitar la indemnización reclamada. El Juzgado 25 Penal del Circuito admitió la tutela, pero posteriormente negó el amparo el 13 de mayo de 2025, decisión que fue impugnada y remitida para segunda instancia ante...Más noticias sobre Derecho Penal
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