Tribunal Superior de Bogotá modifica fallo sobre suministro de medicamentos en acción de tutela contra Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:23:15
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, emitió una sentencia de segunda instancia que modifica parcialmente una decisión previa del Juzgado 38 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá. La providencia judicial resuelve la impugnación interpuesta por una entidad prestadora de servicios farmacéuticos contra el fallo que concedió el amparo de los derechos fundamentales a un afiliado de una EPS, tras la suspensión injustificada del suministro de medicamentos prescritos.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, afiliado como cotizante a una Empresa Promotora de Salud (EPS), fue diagnosticado con enfermedades crónicas que requieren tratamiento continuo con medicamentos específicos. Desde enero de 2025, el suministro de estos medicamentos fue suspendido por la EPS sin justificación, lo que puso en riesgo su salud y vida. A pesar de haber presentado solicitudes ante la EPS para restablecer el suministro, no obtuvo respuesta ni solución. En primera instancia, el Juzgado 38 Penal del Circuito concedió la tutela, ordenando a la EPS y a la entidad prestadora de servicios farmacéuticos la entrega inmediata de los medicamentos. Las otras entidades vinculadas, como una IPS y la Superintendencia Nacional de Salud, fueron desvinculadas por no ser responsables directas de la vulneración alegada. Posteriormente, la entidad encargada del suministro farmacéutico interpuso recurso de impugnación, argumentando que la responsabilidad de garantizar el acceso a los medicamentos recae exclusivamente en la EPS y que, debido a dificultades financieras, no podía cumplir con la entrega. Solicitó su desvinculación del proceso y la revocatoria del fallo en su contra.Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal Superior revisó el caso conforme a...Más noticias sobre Salud
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