Tribunal Superior de Bogotá revoca decisión judicial y ordena traslado inmediato de persona privada de la libertad a centro carcelario asignado por el INPEC
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:23:33
Contexto y tribunal competente
El pronunciamiento fue emitido por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, instancia que resolvió la impugnación contra la sentencia proferida el 17 de febrero de 2025 por el Juzgado 39 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C. Dicho juzgado había negado la tutela constitucional interpuesta en favor de una persona privada de la libertad, quien solicitaba el cumplimiento efectivo de una orden de traslado a un centro carcelario específico.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue presentada por el representante legal del privado de la libertad, en calidad de agente oficioso, con fundamento en el incumplimiento de una orden judicial dictada por un Juzgado Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías Ambulante de Santa Marta. Esta orden impartía la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad y disponía el traslado del detenido desde Bogotá hasta el centro carcelario asignado en Santa Marta. El Juzgado remitió oficios al INPEC y a la Policía Nacional para que se coordinaran los procedimientos administrativos y logísticos correspondientes para el traslado y la asignación del cupo carcelario. Sin embargo, a pesar de la asignación formal del cupo penitenciario por parte del INPEC, el traslado no se materializó durante casi un mes, situación que motivó la solicitud de tutela. En primera instancia, el Juzgado 39 Penal del Circuito valoró que las gestiones para el traslado estaban en curso y que el tiempo transcurrido era razonable dadas las exigencias de seguridad y logística que conlleva este tipo de desplazamientos. Por ello, negó...Más noticias sobre Derecho Penal
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