Tribunal Superior de Bogotá confirma tutela que ampara derecho fundamental de petición frente a entidad fiduciaria
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:25:44
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá conoció y resolvió en segunda instancia una impugnación presentada contra un fallo de tutela emitido por un juzgado penal del circuito de la misma jurisdicción. La providencia judicial, adoptada el 31 de marzo de 2025, confirmó la decisión de primera instancia que amparó el derecho fundamental de petición invocado por un ciudadano frente a una entidad fiduciaria administradora de fondos públicos.Antecedentes fácticos y procesales
El litigio se originó cuando el ciudadano presentó, el 1 de octubre de 2024, una solicitud formal ante la entidad fiduciaria, requiriendo información acerca de la fecha en que se ejecutaría el pago ordenado por un juzgado laboral. Sin embargo, la entidad no dio respuesta a la petición en los términos legales, lo que motivó al ciudadano a interponer una acción de tutela para proteger su derecho fundamental de petición. En primera instancia, el juzgado penal del circuito de Bogotá reconoció la vulneración del derecho y ordenó a la entidad fiduciaria responder la solicitud en un plazo perentorio de cinco días. Frente a esta decisión, la entidad interpuso recurso de impugnación argumentando la ausencia de legitimación en la causa por pasiva, pues sostiene que no es competente para atender la petición debido a que la solicitud fue remitida a un fondo distinto, que es el que en realidad debería atender la petición.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la Sala
El Tribunal Superior inició su análisis recordando que la acción de tutela es un mecanismo constitucional previsto en el artículo 86 de la Constitución Política...Más noticias sobre Derecho Penal
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