Tribunal Superior de Bogotá confirma negación de tutela contra Hospital Militar por pago de bono pensional
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:28:52
La decisión y su contexto procesal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, en calidad de segunda instancia, resolvió la impugnación presentada por una administradora de pensiones contra el fallo proferido por el Juzgado Penal del Circuito, que negó el amparo solicitado contra el Hospital Militar Central. La providencia, adoptada el 17 de junio de 2025, confirma la negativa al amparo constitucional en materia de tutela.Antecedentes fácticos y procesales
La administradora de pensiones promovió la acción de tutela argumentando la vulneración de los derechos al debido proceso, petición y seguridad social, debido a la demora del Hospital Militar Central en efectuar el pago del bono pensional reconocido a una beneficiaria desde el año 2020. El pago fue solicitado formalmente el 24 de febrero de 2025, pero la entidad pública no había realizado el desembolso. En primera instancia, el juzgado decidió negar el amparo, señalando que la demora era atribuible a la misma administradora, por no haber atendido los requerimientos hechos por el Hospital Militar Central. Entre estos requerimientos figuraban la remisión de un formulario denominado MTBP, firmado y con la huella de la beneficiaria, y la presentación de una cuenta de cobro con el monto exacto a pagar, actualizado a una fecha específica. La administradora impugnó esta decisión, alegando que había remitido el formulario requerido y que, conforme al Decreto 1748 de 1995, es responsabilidad del Hospital Militar Central realizar la actualización y capitalización del bono pensional.Consideraciones jurídicas de la Sala Penal
El Tribunal Superior abordó el asunto desde la perspectiva del derecho al debido proceso, para lo cual examinó los artículos...Más noticias sobre Derecho Penal
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