Tribunal Superior de Bogotá confirma negativa de traslado de interno por razones de seguridad y hacinamiento carcelario
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:29:12
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitió un auto que confirma la sentencia proferida en primera instancia por el Juzgado 47 Penal del Circuito con Función de Conocimiento. La acción judicial corresponde a una tutela de segunda instancia interpuesta contra la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y otras autoridades carcelarias, con el objeto de obtener el traslado de un interno recluido en un establecimiento penitenciario alejado de su núcleo familiar.Antecedentes procesales y fácticos
La tutela fue presentada por la compañera sentimental del interno, quien actúa también como agente oficiosa para proteger los derechos fundamentales del recluso y de sus hijas, una de ellas menor de edad. La solicitud de traslado busca acercar al interno a centros penitenciarios ubicados en la región donde reside la familia, con base en argumentos de reagrupación familiar y estímulo a la buena conducta del privado de la libertad, quien se encuentra clasificado en fase de tratamiento de mínima seguridad. Previo al trámite de tutela, tanto el interno como su núcleo familiar habían presentado peticiones directas ante la autoridad carcelaria para solicitar el traslado, las cuales recibieron respuesta negativa fundamentada principalmente en el alto índice de hacinamiento de los establecimientos solicitados y en la normativa vigente que regula las causales de improcedencia para traslados penitenciarios.Consideraciones del Tribunal Superior
El Tribunal confirmó la decisión del juez de primera instancia luego de realizar un análisis riguroso sobre la legitimación activa y pasiva, la procedencia de la tutela, y la valoración del derecho fundamental de petición, la unidad familiar y otros...Más noticias sobre Derecho Penal
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