Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas por pago de indemnización
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:39:55
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala para Adolescentes y actuando en segunda instancia, resolvió la impugnación de una tutela interpuesta contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y otras entidades. La decisión, adoptada el 16 de junio de 2025, confirma la improcedencia del amparo constitucional declarado por el Juzgado 2° Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Bogotá, en fallo proferido el 9 de mayo de 2025. El accionante presentó la tutela tras haber solicitado el 13 de noviembre de 2024 el pago de una indemnización administrativa reconocida mediante acto administrativo, la cual estaba pendiente de consignación en su cuenta bancaria. La pretensión principal era que la UARIV respondiera su solicitud y procediera con el desembolso respectivo.Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, la entidad demandada informó que el solicitante se encontraba registrado como víctima según el reconocimiento judicial correspondiente, y que había respondido oportunamente a su derecho de petición mediante comunicación enviada por correo electrónico el 6 de mayo de 2025. En dicha respuesta se indicó que, debido a que el solicitante reside en el exterior, el pago de la indemnización debía realizarse mediante consignación en cuenta bancaria, para lo cual debía aportar una serie de documentos específicos para proceder con la transferencia. Por su parte, otras entidades vinculadas en el proceso manifestaron no tener relación con la solicitud ni estar involucradas en la vulneración de derechos denunciada. En su decisión inicial, el juzgado concluyó que la acción de tutela no era el mecanismo adecuado...Más noticias sobre Derecho Constitucional
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