Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela contra bloqueo de folio de matrícula inmobiliaria por la Superintendencia de Notariado y Registro
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:43:25
Contexto y antecedentes del caso
La providencia en cuestión fue emitida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, en el marco de un proceso de tutela. La acción fue interpuesta por el representante legal de una sociedad dedicada a proyectos inmobiliarios, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso debido al bloqueo de un folio de matrícula inmobiliaria desde marzo de 2024. El bloqueo fue ordenado por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos –Zona Centro– a solicitud del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP), con el fin de iniciar una actuación administrativa para determinar la realidad jurídica del inmueble. A pesar de que el accionante solicitó el desbloqueo y otras medidas relacionadas en octubre de 2024, la entidad no respondió inicialmente, lo que motivó la presentación de la tutela. En primera instancia, el Juzgado Once de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá declaró improcedente la acción, argumentando que la entidad accionada había respondido durante el trámite constitucional y que el accionante disponía de otros mecanismos judiciales para impugnar la medida. Además, se consideró que no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la tutela.Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El Tribunal Superior ratificó el criterio del juez de primera instancia y destacó varios aspectos clave en su decisión:- Existencia de mecanismo ordinario: El tribunal recordó que la acción de tutela es un mecanismo subsidiario, que solo debe utilizarse cuando no existan otros medios judiciales para proteger derechos fundamentales. En este caso, el...
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