Tribunal Superior de Bogotá confirma improcedencia de tutela sobre mínimo vital en proceso de liquidación societaria
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:43:48
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, en ejercicio de su competencia para resolver recursos de impugnación, emitió un auto el 5 de junio de 2025, confirmando el fallo proferido el 28 de abril de 2025 por el Juzgado 32 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La providencia judicial aborda una acción de tutela presentada en procura de proteger los derechos fundamentales a la vida, salud, dignidad humana y mínimo vital de los acreedores laborales de una sociedad en liquidación, frente a actuaciones administrativas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue promovida por el liquidador designado de la sociedad en liquidación, quien manifestó actuar como agente oficioso de los acreedores laborales. La acción surgió a raíz de una diligencia de remate programada por la DIAN sobre bienes inmuebles pertenecientes a la sociedad, con el fin de saldar las obligaciones pendientes con los acreedores. La tutela buscaba suspender dicha diligencia y cesar cualquier actuación que afectara la prenda general en favor de los acreedores laborales. Durante el proceso de primera instancia, se aportaron múltiples documentos que incluían certificados societarios, listados de acreedores laborales, inventarios de activos y pasivos, mandamientos de pago, solicitudes y respuestas intercambiadas con la DIAN, órdenes de remate y actos administrativos relacionados. Sin embargo, el juzgado declaró improcedente la tutela al considerar que el liquidador no acreditó la legitimación en la causa para actuar como agente oficioso de aproximadamente 900 acreedores laborales, dado que sólo 32 de ellos respaldaron la acción,...Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias