Tribunal Superior de Bogotá modifica fallo sobre cambio de EPS en régimen de seguridad social
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:59:13
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en ejercicio de su competencia de segunda instancia, profirió una sentencia mediante la cual modificó un fallo de primera instancia emitido por el Juzgado 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La decisión se relaciona con una acción de tutela interpuesta para proteger derechos fundamentales en materia de seguridad social y libre elección de entidad promotora de salud.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con una persona afiliada inicialmente al régimen subsidiado del sistema de salud, que fue trasladada sin su consentimiento al régimen contributivo y asignada a una nueva EPS. El afectado alegó no contar con empleo que justificara dicho traslado y manifestó su deseo de retornar al régimen subsidiado y cambiar de EPS a través de la plataforma “Mi Seguridad Social”. Sin embargo, el intento de realizar el cambio por medios virtuales fue infructuoso. Ante esta situación, presentó una solicitud ante el Ministerio de Salud y Protección Social para gestionar el cambio de régimen, la cual fue respondida indicando un plazo de espera de un año para efectuar el cambio. No obstante, el solicitante consideró dicha respuesta injustificada, pues no había solicitado ni consentido el traslado inicial ni estaba conforme con la calidad del servicio recibido. Posteriormente, interpuso una acción de tutela para que se amparara su derecho fundamental a la seguridad social, permitiéndole efectuar el cambio de EPS y retornar al régimen subsidiado sin esperar el término señalado. En primera instancia, el juez negó la tutela por improcedente, argumentando que...Más noticias sobre Derecho Penal
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