Tribunal Superior de Bogotá confirma negativa de amparo en tutela sobre acceso a citas médicas en prisión
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:0:25
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Decisión Penal, emitió un auto de segunda instancia el 16 de mayo de 2025, mediante el cual confirmó el fallo proferido el 30 de abril de 2025 por el Juzgado 18 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. La providencia resolvió la impugnación interpuesta contra la negativa de amparo constitucional en una acción de tutela relacionada con el acceso a servicios de salud para una persona privada de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta, Mediana y Mínima Seguridad de Bogotá, conocido como La Picota.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante, privado de la libertad en el mencionado establecimiento, solicitó el traslado para asistir a citas médicas odontológicas y de optometría programadas con una entidad promotora de salud en marzo de 2025. Sin embargo, dichas solicitudes no fueron atendidas oportunamente por la administración penitenciaria. Ante la falta de respuesta, el privado de la libertad elevó memoriales a diferentes autoridades, incluyendo la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, que aclaró no haber recibido solicitudes formales de la cárcel para autorizar los traslados. La acción de tutela fue interpuesta para que se garantizara el traslado del recluso a nuevas citas médicas programadas para abril y mayo de 2025. El Juzgado de Ejecución de Penas negó el amparo alegando que el procedimiento interno para la gestión de traslados no había sido cumplido, en particular los términos para la radicación de solicitudes de traslado y la coordinación con la autoridad competente...Más noticias sobre Derecho Penal
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