Tribunal Superior de Bogotá declara improcedente acción de tutela sobre unificación de pliegos sindicales en sector Presidencia
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:1:49
Providencia de segunda instancia en tutela sindical
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Penal, en función de Sala de Decisión de Tutelas, emitió el 17 de junio de 2025 una providencia mediante la cual modificó el fallo del Juzgado 21 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que había negado una acción de tutela interpuesta por la Asociación de Empleados del Sector Presidencia, sus Contratistas y Pensionados (ASOPRESIDENCIA) contra el Sindicato de Empleados del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (SINEDAPRE).
Antecedentes fácticos y procesales
La Asociación ASOPRESIDENCIA se constituyó el 26 de febrero de 2025 y posteriormente presentó un pliego de solicitudes y ofrecimientos ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República con miras a participar en la negociación colectiva convocada para ese año. El empleador convocó una mesa de negociación con ambos sindicatos, SINEDAPRE y ASOPRESIDENCIA, solicitando la unificación del pliego de condiciones.
No obstante, la comisión negociadora de SINEDAPRE se negó a unificar los pliegos, argumentando que ASOPRESIDENCIA no cumplía con el parágrafo transitorio del Decreto 243 de 2024, que exige que los sindicatos estén constituidos a más tardar el 31 de diciembre del año anterior para poder presentar pliego en la misma vigencia. Además, la accionante denunció que la representante legal de SINEDAPRE realizó acusaciones falsas destinadas a obstaculizar la actividad sindical de ASOPRESIDENCIA.
Frente a esta situación, ASOPRESIDENCIA interpuso una acción de tutela para proteger sus derechos fundamentales a la asociación sindical, a la negociación colectiva, y a la libertad sindical conforme a los Convenios 87 y 88 de la...
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