Tribunal Superior de Bogotá niega tutela para pago de honorarios en valoración de incapacidad laboral frente a aseguradora SOAT
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 15:2:50
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó tras un accidente de tránsito ocurrido en julio de 2024, en el que un conductor de motocicleta, afiliado al sistema subsidiado de salud por falta de empleo e ingresos, resultó con lesiones que afectan su capacidad laboral. El afectado solicitó a la aseguradora del SOAT que realizara la valoración de su pérdida de capacidad laboral y que asumiera el pago de los honorarios necesarios para dicha valoración, incluyendo la posible intervención de la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca. Inicialmente, el Juzgado 23 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá negó el amparo solicitado en tutela, argumentando que el demandante no había cumplido con los requisitos documentales para que la aseguradora realizara la valoración primigenia mediante un equipo interdisciplinario. Además, señaló que no se había agotado el trámite administrativo previsto, por lo que no era procedente ordenar el pago de honorarios para la valoración ante la Junta Regional. Frente a esta decisión, el afectado interpuso impugnación ante el Tribunal Superior de Bogotá.Competencia y naturaleza de la decisión
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su competencia para conocer impugnaciones contra fallos emitidos por juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad, estudió la tutela en segunda instancia. Se trata de una providencia judicial de carácter contradictorio que modificó el fallo de primera instancia, negando el amparo solicitado.Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal recordó que la acción de tutela, consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política, es un mecanismo excepcional para...Más noticias sobre Derecho Penal
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